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Legislación › Real Decreto 490/1979, de 19 de enero, sobre Estatutos de la Real Academia de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales.

Art. 39.

Art. 39.

En caso de ausencia del Presidente de una Sección, presidirá la sesión el Académico más antiguo de los presentes, excluido el Secretario.

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