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Legislación › Instrumento de ratificación de 14 de marzo de 1980 del Tratado de Extradición y Asistencia Mutua en Materia Penal entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, firmado en México, D. F., el 21 de noviembre de 1978.

Artículo 11.

Artículo 11.

Si el reclamado hubiese sido condenado en rebeldía, la extradición solo se concederá si la Parte requirente da seguridades de que será oído en defensa y se les facilitarán los recursos legales pertinentes.

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