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Legislación › Instrumento de ratificación de 14 de marzo de 1980 del Tratado de Extradición y Asistencia Mutua en Materia Penal entre el Reino de España y los Estados Unidos Mexicanos, firmado en México, D. F., el 21 de noviembre de 1978.

Artículo 9.

Artículo 9.

La extradición no será concedida si el individuo ha sido ya juzgado por las autoridades de la Parte requerida por los mismos hechos que originaron la solicitud.

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