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Legislación › Ley 33/1980, de 21 de junio, sobre creación de un Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marítimos (FROM).

Artículo doce.

Artículo doce.

Para el cumplimiento de sus funciones el FROM contará con los siguientes recursos:

a) Los créditos consignados en los Presupuestos Generales del Estado.

b) El rendimiento de la exacción denominada «derechos compensatorios», establecida por la Orden de trece de febrero de mil novecientos setenta y cinco, del Ministerio de Comercio.

c) Los préstamos cuya contratación apruebe el Comité Ejecutivo y Financiero.

d) Las subvenciones, donaciones, legados y cualesquiera otros recursos que pudieran atribuírsele.

e) Los que legalmente puedan establecerse en su favor.

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