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Legislación › Ley 33/1980, de 21 de junio, sobre creación de un Fondo de Regulación y Organización del Mercado de Productos de la Pesca y Cultivos Marítimos (FROM).

Artículo sexto.

Artículo sexto.

Uno. El Comité Ejecutivo y Financiero estará constituido en la siguiente forma:

a) El Presidente.

b) El Vicepresidente.

c) El Administrador general.

d) Un representante del Ministerio de Hacienda.

e) Un representante del Ministerio de Comercio.

f) Un representante del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

g) Seis representantes de los sectores privados: Dos de las Cofradías de Pescadores, uno de las Cooperativas del Mar, uno de las Asociaciones del sector extractivo y dos de los trabajadores de dicho sector, elegidos por las Centrales Sindicales.

h) El Secretario general.

Dos. Los Vocales comprendidos en los apartados d), e) f) y g) serán elegidos o designados de entre los que forman parte del Consejo General en los términos que se determinan reglamentariamente.

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