Legislación › Ley Orgánica 2/1980, de 18 de enero, sobre regulación de las distintas modalidades de referéndum.
Disposición transitoria primera.
Disposición transitoria primera.
En tanto no se promulgue la Ley Orgánica reguladora del régimen electoral general, se entenderá aplicable el Real Decreto-ley 20/1977, de 18 de marzo, y sus normas de desarrollo vigentes o que se aprueben con posterioridad.
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