Legislación › Instrumento de Ratificación de 15 de febrero de 1980 del Convenio Hispano-Chileno de Seguridad Social, hecho en Madrid el 9 de marzo de 1977.
Artículo 29
Artículo 29
Las Instituciones competentes de los dos Estados pueden relacionarse directamente entre ellas y con los interesados. Pueden también valerse del conducto de las autoridades diplomáticas y consulares.


