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Legislación › Instrumento de Ratificación de 15 de febrero de 1980 del Convenio Hispano-Chileno de Seguridad Social, hecho en Madrid el 9 de marzo de 1977.

Artículo 29

Artículo 29

Las Instituciones competentes de los dos Estados pueden relacionarse directamente entre ellas y con los interesados. Pueden también valerse del conducto de las autoridades diplomáticas y consulares.

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