Legislación › Orden de 15 de julio de 1980 por la que se fijan las características y dimensiones de la Medalla al Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria.
Primero.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 17 de septiembre de 1980 y la del 17 de abril de 2026.
Tachado: lo que se quitó (19 palabras). Subrayado: lo que se añadió (8 palabras).
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Primero.
La «Medalla “Medalla al Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria», Universitaria”, en sus tres categorías, su categoría de oro, plata y bronce, estará constituida por una cartela acompañada de dos ramas de laurel, que llevará un escudo ovalado con las armas tradicionales de Castilla, León, Aragón, Navarra y Granada, y en el centro tres flores de lis, rodeado todo ello de la leyenda al «Mérito “Mérito en la Investigación y en la Educación Universitaria». Universitaria”. Sobre el conjunto irá una corona real.
En el reverso, efigie del Rey Alfonso VIII, con la leyenda «Adephonsvs “Adephonsvs VIII. Rex. Studium. Palentinvm. A.D. MCCVIII. Institvit». Institvit”.
Los elementos metálicos de la Medalla serán de oro, plata o bronce, según la respectiva categoría, y sus dimensiones, 85 milímetros de largo por 47 milímetros de ancho.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 17 de abril de 2026 En vigor | BOE-A-2026-8372 | Leer | Qué cambió |
| 17 de septiembre de 1980 | Texto original | Leer |


