Legislación › Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado.
Artículo 117. Convocatoria.
Artículo 117. Convocatoria.
Las sesiones serán convocadas por el Consejero Presidente de la Sección, cursando la citación, en su nombre el Mayor de la misma.


