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Legislación › Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado.

Artículo 11. De la Comisión Permanente.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1980 y la del 27 de abril de 2005. Tachado: lo que se quitó (5 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo 11. De la Comisión Permanente.
Componen la Comisión Permanente el Presidente, los Consejeros permanentes y el Secretario general (artículo 5, Ley Orgánica). general.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de abril de 2005 En vigor BOE-A-2005-6659 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 1980 Texto original Leer

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