Legislación › Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado.
Artículo 72. Plantillas.
Artículo 72. Plantillas.
El número de funcionarios de los Cuerpos Generales Administrativo y Auxiliar de la Administración Civil del Estado adscritos al Consejo de Estado será el que se fije en sus respectivas plantillas orgánicas.


