LexTotal

Legislación › Real Decreto 1674/1980, de 18 de julio, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico del Consejo de Estado.

SECCIÓN 7

Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de septiembre de 1980 y la del 27 de abril de 2005. Tachado: lo que se quitó (3 palabras). Subrayado: lo que se añadió (12 palabras). Volver al texto en vigor

Sección 7.ª De los presupuestos del Consejo estudios, informes, memorias y de las propuestas legislativas y de reforma constitucional

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
27 de abril de 2005 En vigor BOE-A-2005-6659 Leer Qué cambió
19 de septiembre de 1980 Texto original Leer

← Artículo 132 Índice Artículo 133 →