LexTotal

Legislación › Real Decreto 1961/1980, de 13 de junio, por el que se establece un régimen de indemnizaciones optativas para los pasajeros de los servicios aéreos regulares a quienes se niegue el embarque en el vuelo contratado.

Artículo undécimo. Fecha de efectividad.

Artículo undécimo. Fecha de efectividad.

La presente disposición entrará en vigor el día uno de abril de mil novecientos ochenta y uno.

← Artículo décimo Índice DISPOSICIÓN TRANSITORIA →