Legislación › Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española.
Artículo 35.
Artículo 35.
Los órganos jerárquicos representativos de la organización Colegial de Capitanes, Jefes y Oficiales una vez constituidos, en su caso, los Colegios Territoriales a que se refieren estos Estatutos serán los siguientes:
a) Un Consejo General de Colegios, que será el órgano supremo coordinador y representativo de los distintos Colegios Territoriales de Capitanes, Jefes y Oficiales de la Marina Mercante Española.
b) Junta de Gobierno del Consejo General.
c) Juntas de Gobierno de los Colegios Territoriales.
d) Juntas Provinciales dependientes de los Colegios Territoriales.


