Legislación › Real Decreto 2020/1980, de 31 de julio, por el que se aprueban los Estatutos del Colegio de Oficiales de la Marina Mercante Española.
Artículo 68.
Artículo 68.
Para resolver aquellos extremos que no hayan sido previstos en estos Estatutos, relativos al régimen económico de la organización colegial, el Consejo y los Colegios se atendrán a los acuerdos que se adopten en el Consejo General.


