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Legislación › Orden de 10 de octubre de 1980 por la que se establece el nuevo Reglamento de Recepción y Análisis de la Remolacha Azucarera.

Artículo segundo.

Artículo segundo.

Las presentes normas entrarán en vigor a partir de la campaña remolachero-azucarera de 1979-80.

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