Legislación › Ley 52/1980, de 16 de octubre, de Regulación del Régimen Económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura.
Quinta.
Quinta.
En el caso de producirse utilizaciones de la infraestructura del acueducto o aprovechamientos no consuntivos de las aguas trasvasadas compatibles con los fines prioritarios previstos en la presente Ley, los cánones devengados se destinarán a los fines establecidos en el artículo sexto.


