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Legislación › Ley 52/1980, de 16 de octubre, de Regulación del Régimen Económico de la explotación del acueducto Tajo-Segura.

Quinta.

Quinta.

En el caso de producirse utilizaciones de la infraestructura del acueducto o aprovechamientos no consuntivos de las aguas trasvasadas compatibles con los fines prioritarios previstos en la presente Ley, los cánones devengados se destinarán a los fines establecidos en el artículo sexto.

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