Legislación › Instrumento de 7 de mayo de 1980 de Ratificación del Convenio de Nacionalidad entre España y Colombia, hecho en Madrid el 27 de junio de 1979.
CONVENIO
CONVENIO DE NACIONALIDAD ENTRE ESPAÑA Y COLOMBIA
Su Majestad el Rey Don Juan Carlos I de España, y
Su Excelencia Julio Cesar Turbay Ayala, Presidente de la República de Colombia,
Deseando rendir tributo al linaje histórico y a la existencia de un acervo comunitario entre España y La República de Colombia,
Considerando además que sus normas constitucionales reconocen esta circunstancia al contemplar, en diverso grado, facilidades para la adopción de la nacionalidad de uno u otro país, dentro del marco cultural iberoamericano, y
Consultando la letra y el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, aprobada por ambos Estados, en cuanto declara que «toda persona tendrá derecho a una nacionalidad», conforme lo prescribe su artículo 15,
Con el objeto de fortalecer los vínculos que unen a las dos naciones y con el fin de garantizar mayores facilidades prácticas a sus nacionales para llegar a ser, respectivamente, colombianos o españoles, no menos que para evitar el fenómeno de la ausencia de nacionalidad de unos u otros, que pudiera suceder por omisión o asimetría de la legislación de los dos países o de cualquiera de ellos,
Han convenido en designar sus Plenipotenciarios así:
Al excelentísimo señor Marcelino Oreja Aguirre, Ministro de Asuntos Exteriores de España.
Al excelentísimo señor Diego Uribe Vargas, Ministro de Relaciones Exteriores de Colombia.
Quienes, una vez canjeadas sus respectivas plenipotencias y halladas en buena y debida forma, han acordado lo siguiente:


