Legislación › Real Decreto 255/1980, de 1 de febrero, por el que se atribuye a la Tesorería General de la Seguridad Social la titularidad y administración del patrimonio único de la Seguridad Social.
Artículo sexto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de febrero de 1980 y la del 12 de noviembre de 1992.
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Artículo sexto.
A la Tesorería General corresponden las facultades de disposición y administración del patrimonio de la Seguridad Social, bajo la fiscalización y tutela del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, y sin perjuicio de que las Entidades gestoras y Servicios del Sistema, a los que se adscriban o afecten bienes de dicho patrimonio, deban realizar respecto de los mismos los actos de conservación, defensa y mejora que les correspondan como poseedores de tales elementos patrimoniales. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 12 de noviembre de 1992 En vigor | BOE-A-1992-24743 | Leer | Qué cambió |
| 13 de febrero de 1980 | Texto original | Leer |


