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Legislación › Real Decreto 255/1980, de 1 de febrero, por el que se atribuye a la Tesorería General de la Seguridad Social la titularidad y administración del patrimonio único de la Seguridad Social.

Artículo sexto.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 13 de febrero de 1980 y la del 12 de noviembre de 1992. Tachado: lo que se quitó (74 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo sexto.
A la Tesorería General corresponden las facultades de disposición y administración del patrimonio de la Seguridad Social, bajo la fiscalización y tutela del Ministerio de Sanidad y Seguridad Social, y sin perjuicio de que las Entidades gestoras y Servicios del Sistema, a los que se adscriban o afecten bienes de dicho patrimonio, deban realizar respecto de los mismos los actos de conservación, defensa y mejora que les correspondan como poseedores de tales elementos patrimoniales. (Derogado)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
12 de noviembre de 1992 En vigor BOE-A-1992-24743 Leer Qué cambió
13 de febrero de 1980 Texto original Leer

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