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Legislación › Real Decreto 485/1980, de 22 de febrero, por el que se regula el procedimiento a seguir en los expedientes para la declaración de responsabilidad administrativa y resarcimiento por daños a los bienes de los miembros del Instituto de la Guardia Civil.

Artículo decimosexto.

Artículo decimosexto.

En el expediente constará, de forma indubitada, el nexo entre el daño en la cosa y el servicio que el interesado prestaba legal o reglamentariamente. En otro caso, las causas que racionalmente puedan indicar que el daño sea motivado por la pertenencia al Instituto.

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