LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 3/1980, de 22 de abril, del Consejo de Estado.

Primera.

Primera.

A la entrada en vigor de esta Ley quedarán derogados cuantos preceptos de la Ley Orgánica de 25 de noviembre de 1944 o de cualquier otra norma legal o reglamentaria se opongan de la presente Ley Orgánica.

← Artículo veintisiete Índice Segunda →