Legislación › Ley 25/1980, de 3 de mayo, sobre reclasificación del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel.
ANEJOS
Comparación entre la redacción en vigor desde el 27 de mayo de 1980 y la del 16 de febrero de 2014.
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ANEJOS
Téngase en cuenta que por Acuerdo del Consejo de Ministros de 10 de enero de 2014 se amplían los límites del Parque Nacional de las Tablas de Daimiel por incorporación de terrenos colindantes al mismo. Consúltese el Anexo II que contiene los nuevos límites geográficos y linderos del Parque Nacional. BOE-A-2014-785.
1. Límites del Parque.
2. Límites de la reserva integral de aves acuáticas.
3. Límites de las zonas de protección o preparque.
4. Límites de las zonas de influencia.
1. Límites del Parque
Los límites geográficos de la zona que corresponde al Parque Nacional son las siguientes:
Norte: Fincas «Zacatena» y «Casablanca», del término municipal de Daimiel, y otras varias de los términos de Daimiel y Villarrubia de los Ojos, desde la casa de los Guardas, en la carretera de Daimiel a Malagón, continuando por el camino de la Ribera hasta su confluencia con el camino de Fuente el Fresno a Daimiel, en el término de Villarrubia de los Ojos.
Este: Arranca de la confluencia de los caminos de la Ribera y el de Fuente el Fresno a Daimiel, sigue por este camino hasta su confluencia con el de la Lagunilla.
Sur: Comienza en la confluencia de los caminos de la Lagunilla y el de Fuente el Fresno a Daimiel, sigue la divisoria entre las riberas y las tierras de labor, por el contorno sur del cerro de Pochela, de la isla de Algeciras y de los islotes de Cisneros y continúa por el límite de las riberas al sur de las islas de la Entradilla y el Maturro; sigue por el límite de las riberas hasta los puentes sobre el río Guadiana, al este del Molino de Molemocho, por cuyos puntos cruza el río hasta el alcor situado al sur del puente sobre el nuevo canal del Guadiana; desde este punto, el límite continúa a lo largo de la línea que forman los alcores que se prolongan al sur del nuevo canal del Guadiana hasta Puente Navarro, en la carretera de Daimiel a Malagón.
Oeste: La carretera de Daimiel a Malagón, desde el antiguo molino de Puente Navarro hasta la casa de los Guardas, de la finca «Zacatena».
2. Límites de la reserva integral de aves acuáticas
Norte: Desde el punto situado sobre el propio canal del Cigüela, al oeste del cerro de Pochela, en donde se inicia el canal interrumpido de Algeciras; sigue por un canal situado al sur del cerro de Entrambasaguas, recorre este canal un suave arco hasta Cibancones, abrazando los Claros y Casablanca, hasta el punto de interrupción de este canal.
Oeste: Desde este último punto, en línea recta, en dirección norte-sur, hasta su encuentro con la línea de separación de los términos municipales de Daimiel y Villarrubia de los Ojos.
Sur: Desde este último punto sigue la línea de separación de los términos municipales citados.
Este: Desde el punto de quiebro de la línea de separación de términos hasta encontrar el canal interrumpido situado al norte de la isla de Algeciras, continúa por este canal hasta el punto situado al oeste del cerro de Pochela y sur del de Entrambasaguas.
3. Límites de la zona de protección o preparque
Norte: Camino de Ciudad Real a Villarrubia de los Ojos, desde el hito kilométrico número 16 de la carretera Daimiel-Malagón hasta la confluencia con el camino de Malagón-Villarrubia de los Ojos, en las proximidades de la Cruz de la Lamparilla.
Este: Línea recta que parte del punto anterior, confluencia de los caminos de Ciudad Real a Villarrubia de los Ojos con el de Malagón a Villarrubia de los Ojos, atraviesa las riberas del río Cigüela, por el Rosalejo, y llega al punto de confluencia de los caminos de la Lagunilla con el de Villarrubia de los Ojos al molino de Griñón; continúa por este camino hasta el molino de Griñón.
Sur: Desde el molino de Griñón sigue por el camino de Daimiel al referido molino, hasta el camino o carril de Quintanar, a lo largo del cual continúa hasta su confluencia con el camino de Don Benito, desde este punto sigue por el camino de Torralba de Calatrava a Villarrubia de los Ojos, hasta enlazar con el camino de Puente Navarra, por el que continúa hasta dicho molino, en la carretera de Daimiel a Malagón.
Oeste: Desde el molino de Puente Navarro atraviesa la carretera de Daimiel a Malagón, sigue por el camino que une molino de este nombre; continúa por el camino de Fuente el Fresno a Flor de Ribera, hasta su confluencia con el camino de Ciudad Real a Villarrubia de los Ojos, y sigue por este último camino hasta el kilómetro 16 de la carretera de Daimiel a Malagón.
4. Límites de las zonas de influencia
a) Área territorial:
Términos municipales de Daimiel, Villarrubia de los Ojos, Manzanares, Torralba de Calatrava, Carrión de Calatrava y Bolaños de Calatrava.
b) Cursos fluviales:
1. Tramo del río Guadiana comprendido entre los Ojos del Guadiana en el término de Villarubia de los Ojos, y el antiguo molino de Malvecinos, en el término de Carrión de Calatrava.
2. Curso del río Záncara y sus afluentes, desde el embalse de Los Muleteros hasta su confluencia con el Cigüela.
3. Curso del río Cigüela y sus afluentes, desde la confluencia con el río Amarguillo hasta su desembocadura en las Tablas de Daimiel.
4. Curso del río Azuer desde la confluencia del río Alhambra hasta su vertido en las Tablas de Daimiel.
5. Curso de los arroyos de Cañada Labosa, Cañada del Gato y del Cachón de la Leona, que vierten en el Parque Nacional.
6. Río Pellejero, en los términos de Torralba de Calatrava y Carrión de Calatrava.
7. Zonas marginales encharcadas de los tramos fluviales arriba citados.
c) Lagunas del ecosistema de las Tablas de Daimiel:
– El Pico.
– La Albuera.
– Escoplillo.
– La Nava o Charcón de los Ardales.
– La Salina.
– Navaseca.
d) Otras zonas de influencia:
1. Embalse de Los Muleteros.
2. Acuífero Sistema 23.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 16 de febrero de 2014 En vigor | BOE-A-2014-785 | Leer | Qué cambió |
| 27 de mayo de 1980 | Texto original | Leer |


