Legislación › Real Decreto 858/1980, de 28 de marzo, por el que se crea la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Justicia.
Artículo cuarto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 28 de mayo de 1980 y la del 5 de junio de 2011.
Tachado: lo que se quitó (57 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
Volver al texto en vigor
Artículo cuarto.
La Comisión Presupuestaria, bajo la presidencia del Subsecretario del Departamento, estará integrada por los Directores generales de Justicia, Instituciones Penitenciarias, de los Registros y del Notariado y de Asuntos Religiosos, el Secretario general Técnico, el Oficial Mayor del Ministerio y los Presidentes de la Obra de Protección de Menores y del Patronato de Protección a la Mujer. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 5 de junio de 2011 En vigor | BOE-A-2011-9736 | Leer | Qué cambió |
| 28 de mayo de 1980 | Texto original | Leer |


