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Legislación › Real Decreto 858/1980, de 28 de marzo, por el que se crea la Oficina Presupuestaria del Ministerio de Justicia.

Artículo segundo.

Artículo segundo.

La Oficina Presupuestaria estará integrada por una unidad con nivel orgánico de Servicio, del cual dependen dos Secciones:

Sección de Presupuestos, Programas y relaciones con el Consejo General del Poder Judicial.

Sección de Evaluación y Seguimiento.

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