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Legislación › Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Juego Mediante Boletos.

Artículo 3. Exclusiones.

Artículo 3. Exclusiones.

Las disposiciones del presente Reglamento no serán de aplicación a las rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias, que se regularán por sus normas específicas.

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