Legislación › Real Decreto 1067/1981, de 24 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de Juego Mediante Boletos.
Artículo 3. Exclusiones.
Artículo 3. Exclusiones.
Las disposiciones del presente Reglamento no serán de aplicación a las rifas, tómbolas y combinaciones aleatorias, que se regularán por sus normas específicas.


