Legislación › Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.
Artículo 223.
Artículo 223.
Los internos participarán en el desenvolvimiento de los servicios alimenticios y confección de racionados en la forma que se establece en los artículos 135 a 137.


