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Legislación › Real Decreto 1201/1981, de 8 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento Penitenciario.

preambulo

Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de julio de 1981 y la del 25 de mayo de 1996. Tachado: lo que se quitó (12 palabras). Subrayado: lo que se añadió (98 palabras). Volver al texto en vigor

Incluye Norma derogada por la corrección disposición derogatoria única.2.b) del Real Decreto 190/1996, de errores publicada en BOE núm. 182, 9 de 31 febrero; no obstante, se mantiene la vigencia de julio los arts. 108, 109, 110 y 111 y del primer párrafo del art. 124, según establece el apartado 3 de 1981. BOE-A-1981-17334. la citada disposición derogatoria. BOE-A-1996-3307.
Asimismo, el contenido de los arts. 277 a 324; 328 a 332 y 334 a 343 del presente Reglamento Penitenciario se mantendrá vigente, con rango de resolución, en lo que no se oponga a lo establecido en el Reglamento Penitenciario que se aprueba por el Real Decreto 190/1996 citado, según establece su disposición transitoria tercera. BOE-A-1996-3307.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
25 de mayo de 1996 En vigor BOE-A-1996-3307 Leer Qué cambió
23 de julio de 1981 Texto original Leer

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