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Legislación › Real Decreto 2353/1981, de 13 de julio, sobre constitución por segregación de los Colegios Oficiales de Profesores de Educación Física de Cataluña y el País Vasco y constitución y regulación provisional del Consejo General de Colegios de Profesores de Educación Física de España.

Artículo 12. Personal administrativo y subalterno.

Artículo 12. Personal administrativo y subalterno.

El Consejo General de Colegios contará con el personal de oficinas y subalterno necesario, el cual dependerá del Secretario, figurando sus sueldos y demás cargas sociales en el capítulo de gastos del correspondiente presupuesto.

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