Legislación › Orden de 19 de enero de 1981 por la que se aprueba el Reglamento de Régimen Interior de la Real Academia de Ciencias Económicas y Financieras de Barcelona.
Artículo 27.
Artículo 27.
Las peticiones de dictámenes e informes en cuestiones relacionadas con las Ciencias Económicas, Financieras y afines que se reciban en la Academia se pasarán por Secretaría a la Junta de Gobierno, la que ordenará el informe a la Sección o Comisión correspondiente, cuyo dictamen será sometido a la Junta general para su aprobación.


