Legislación › Ley 3/1981, de 25 de marzo, de creación del Parque Nacional de Garajonay (isla de La Gomera).
Artículo doce. Director-Conservador.
Artículo doce. Director-Conservador.
Uno. La responsabilidad de la Administración del Parque Nacional de Garajonay corresponderá a un Director-Conservador designado por el ICONA, previa conformidad del Patronato, y recaerá en un funcionario con titulación universitaria superior.
Dos. El Patronato fijará su régimen de dedicación e incompatibilidades.


