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Legislación › Ley 3/1981, de 25 de marzo, de creación del Parque Nacional de Garajonay (isla de La Gomera).

Artículo doce. Director-Conservador.

Artículo doce. Director-Conservador.

Uno. La responsabilidad de la Administración del Parque Nacional de Garajonay corresponderá a un Director-Conservador designado por el ICONA, previa conformidad del Patronato, y recaerá en un funcionario con titulación universitaria superior.

Dos. El Patronato fijará su régimen de dedicación e incompatibilidades.

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