Legislación › Ley 6/1981, de 25 de marzo, de reclasificación del Parque Nacional de Timanfaya (isla de Lanzarote).
Artículo once. Comisión Permanente.
Artículo once. Comisión Permanente.
En el seno del patronato se constituirá una Comisión Permanente cuyo Presidente será el de aquél, y estará compuesta, además, por los siguientes miembros:
– Un representante del Cabildo.
– Un representante de los Ayuntamientos afectados territorialmente.
– El representante del Ente Preautonómico o Autonómico de Canarias.
– El representante del Ministerio de Agricultura.
– El Director-Conservador del parque.


