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Legislación › Ley Orgánica 1/1981, de 6 de abril, de Estatuto de Autonomía para Galicia.

Disposición transitoria séptima.

Disposición transitoria séptima.

Las transferencias que hayan de realizarse en materia de enseñanza para traspasar a la competencia de la Comunidad Autónoma los servicios y centros del Estado en Galicia, se realizarán de acuerdo con los calendarios y programas que defina la Comisión Mixta.

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