Legislación › Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.
Artículo treinta y cuatro.
Artículo treinta y cuatro.
El nombramiento de los miembros del Tribunal de Cuentas implicará, en su caso, la declaración del interesado en la situación de excedencia especial o equivalente en la Carrera o Cuerpo de procedencia.


