LexTotal

Legislación › Ley Orgánica 2/1982, de 12 de mayo, del Tribunal de Cuentas.

Disposición final tercera.

Disposición final tercera.

En el plazo de seis meses el Gobierno elevará a las Cortes Generales, a los efectos procedentes, un proyecto de ley para la ordenación del funcionamiento del Tribunal de Cuentas, con regulación de los distintos procedimientos y el Estatuto de su personal.

← Disposición final segunda Índice Disposición transitoria primera →