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Legislación › Real Decreto 1416/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales.

3.1

Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de julio de 1982 y la del 30 de marzo de 2013. Tachado: lo que se quitó (141 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras). Volver al texto en vigor

3.1. Características generales.
Los distintos tipos de productos regulados por esta Reglamentación deberán cumplir las siguientes condiciones generales:
1. Proceder de materias primas que no estén alteradas, contaminadas o adulteradas y que, en su caso, reúnan las características que establecen al efecto el Estatuto de la Viña, el Vino y los Alcoholes y las Reglamentaciones y Normas específicas que correspondan.
2. Estar exentos de materias extrañas a la composición legal y/o tradicional del producto y no contener residuos de metales pesados en cantidades mayores de las que se citan.
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Aguardientes
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Licores
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Aperitivos y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales
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Arsénico (en p.p.m.)
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1
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1
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1
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Plomo (en p.p.m.)
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1
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1
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1
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Cinc (p.p.m.)
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10
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10
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10
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Cobre (en p.p.m.)
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10
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10
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10
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Total metales pesados expresados en plomo (p.p.m.)
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40
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40
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40
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(Derogado)
3. Su contenido en metanol no excederá de 1,0 grs. por litro de producto terminado, con excepción de los siguientes aguardientes que podrán contener como máximo las cantidades que se indican:
— Aguardientes de pera, cinco grs. por litro.
— Aguardiente de cereza, cuatro grs. por litro.
— Aguardiente de orujo, 3,5 grs. por litro.
4. No contendrán micotoxinas, nitrosaminas, residuos de pesticidas, ni cualquier otra sustancia sanitariamente peligrosa en cantidad superior a la que establezca el Ministerio de Sanidad y Consumo o en su ausencia se considerarán por el mismo los criterios recomendados por la Organización Mundial de la Salud.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
30 de marzo de 2013 En vigor BOE-A-2013-3402 Leer Qué cambió
18 de julio de 1982 Texto original Leer

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