Legislación › Real Decreto 1416/1982, de 28 de mayo, por el que se aprueba la Reglamentación Técnico-Sanitaria para la elaboración, circulación y comercio de aguardientes compuestos, licores, aperitivos sin vino base y otras bebidas derivadas de alcoholes naturales.
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Comparación entre la redacción en vigor desde el 18 de julio de 1982 y la del 30 de marzo de 2013.
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9. EXPORTACIÓN E IMPORTACIÓN
9.1 Exportación.
Los productos destinados a la exportación se ajustarán a las disposiciones reglamentarias exigidas por el país de destino o en su caso, a las de mercado y a lo dispuesto en esta materia por el Ministerio de Economía y Comercio.
Se autoriza la realización, en los productos destinados a la exportación, de todas aquellas prácticas que se consideren indispensables para el cumplimiento de la legislación de las zonas o países de destino, o para satisfacer las exigencias de sus mercados, dentro de las tolerancias en ellos admitidas. Cuando estas exigencias no se correspondan con lo establecido en esta Reglamentación estos productos no podrán ser comercializados en el mercado interior.
Los productos que se destinen a la exportación, deben estar amparados por certificados de análisis expedidos por los Centros autorizados al efecto.
9.2. Importación. (Derogado)
1. Los productos de importación deberán cumplir estrictamente todos los requisitos exigidos por esta Reglamentación a los de producción nacional tanto en lo que respecta a las características expresadas en las definiciones, como a los sistemas de elaboración, producción, envasado y etiquetado.
2. No obstante lo dispuesto en el párrafo anterior, en casos excepcionales, los productos extranjeros o aquellos amparados por una denominación de origen reconocida en España, podrán disfrutar de un régimen especial conforme a lo que dispone el Reglamento 835/1972, de 23 de marzo, que desarrolla la Ley 25/1970, y los Convenios internacionales previo informe favorable de la Comisión Interministerial para la ordenación alimentaria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 30 de marzo de 2013 En vigor | BOE-A-2013-3402 | Leer | Qué cambió |
| 18 de julio de 1982 | Texto original | Leer |


