Legislación › Real Decreto 1445/1982, de 25 de junio, por el que se regulan diversas medidas de fomento del empleo.
Artículo séptimo.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de julio de 1982 y la del 10 de noviembre de 1984.
Tachado: lo que se quitó (56 palabras). Subrayado: lo que se añadió (1 palabras).
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Artículo séptimo.
De conformidad con lo establecido en la disposición transitoria tercera del Estatuto de los Trabajadores en tanto persistan las actuales circunstancias de empleo, el régimen de los contratos a tiempo parcial, a que se refieren los artículos doce y treinta y seis punto cuatro de dicha Ley, será el que se establece en los artículos siguientes. (Derogado)
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 10 de noviembre de 1984 En vigor | BOE-A-1984-24875 | Leer | Qué cambió |
| 2 de julio de 1982 | Texto original | Leer |


