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Legislación › Real Decreto 1456/1982, de 18 de junio, por el que se regula la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria (CIOA).

Artículo sexto.

Artículo sexto.

Los funcionarios miembros de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria, de su Subcomisión Delegada y de los grupos de trabajo, percibirán los derechos de asistencia con arreglo a lo determinado en el capítulo III del Decreto ciento setenta y seis/mil novecientos setenta y cinco, de treinta de enero, modificado por el Real Decreto mil trescientos setenta y cuatro/mil novecientos setenta y nueve, de cuatro de abril, o en la forma y cuantía que se determine por la disposición pertinente.

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