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Legislación › Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Artículo 30.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 10 de julio de 1982 y la del 11 de abril de 2006. Tachado: lo que se quitó (17 palabras). Subrayado: lo que se añadió (85 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo treinta 30.
En el ejercicio El Consell responde políticamente de sus competencias forma solidaria ante Les Corts, sin perjuicio de la Generalidad Valenciana gozará responsabilidad directa de las potestades y privilegios propios cada miembro por su gestión.
Su President, previa deliberación del Consell, puede plantear ante Les Corts la cuestión
de confianza sobre su programa, una decisión política o un proyecto de ley. La cuestión se considerará aprobada cuando obtenga la Administración del Estado. mayoría simple. Si tenía por objeto un proyecto de ley, este se considerará aprobado según el texto enviado por el Consell, excepto en los casos en los que se requiera una mayoría cualificada.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de abril de 2006 En vigor BOE-A-2006-6472 Leer Qué cambió
10 de julio de 1982 Texto original Leer

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