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Legislación › Ley Orgánica 5/1982, de 1 de julio, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana.

Disposición adicional tercera.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 26 de marzo de 1994 y la del 11 de abril de 2006. Tachado: lo que se quitó (18 palabras). Subrayado: lo que se añadió (85 palabras). Volver al texto en vigor

Disposición adicional tercera.
Todas las competencias atribuidas por 1.ª Por medio de la correspondiente norma del Estado se creará y regulará la composición y funciones del Patronato del Archivo de la Corona de Aragón, patrimonio histórico del Pueblo Valenciano, compartido con otros pueblos de España, en la que tendrá participación preeminente la Comunitat Valenciana y otras comunidades autónomas.
2.ª El Consell de la Generalitat, previo informe del Consell Valenciá de Cultura, informará
el presente Estatuto quedan incorporadas anteproyecto de norma al que se refiere el apartado anterior, que atenderá a él plenamente, asumiéndose con carácter estatutario por la Generalitat Valenciana. unidad histórica del Archivo de la Corona de Aragón.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de abril de 2006 En vigor BOE-A-2006-6472 Leer Qué cambió
26 de marzo de 1994 BOE-A-1994-6944 Leer

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