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Legislación › Ley 52/1982, de 13 de julio, de reclasificación y ampliación del Parque Nacional de Ordesa y Monte Perdido.

Artículo decimoctavo. Concesión y explotación de aguas.

Artículo decimoctavo. Concesión y explotación de aguas.

A efectos de conseguir la protección de la integridad de las aguas que establece el artículo primero de la presente Ley no podrán tramitarse expedientes de concesión y aprovechamientos de aguas superficiales o subterráneas dentro del recinto del Parque, salvo aquellos usos imprescindibles que estén previstos en el Plan Rector de Uso y Gestión.

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