Legislación › Real Decreto 2358/1982, de 27 de agosto, por el que se determina la estructura orgánica del Instituto Social de la Marina.
Artículo segundo. La Secretaría General del Instituto.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 23 de septiembre de 1982 y la del 7 de octubre de 2001. El texto es el mismo. Volver al texto en vigor
Artículo segundo. La Secretaría General del Instituto.
Uno. El Secretario general, con nivel orgánico de Subdirector general, ejercerá las competencias y funciones en materia de información y relaciones pública, inspección de servicios y relaciones internacionales de carácter interinstitucional y las que expresamente le delegue el Director general del Instituto. Le corresponderá asimismo, la coordinacior de las Subdirecciones Generales, Servicios y demás dependencias del Instituto. El Secretario general sustituirá al Director general del Instituto en los casos de ausencia, enfermadad o vacante.
Dos. En la Secretaria General se integrarán las funciones de régimen interior, registro general, información, relaciones públicas, relaciones internacionales e informática, así como las de personal, gestión económica y de asesoría jurídica.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 1 de abril de 2010 En vigor | BOE-A-2010-3472 | Leer | Qué cambió |
| 7 de octubre de 2001 | BOE-A-2001-17026 | Leer | Qué cambió |
| 23 de septiembre de 1982 | Texto original | Leer |


