Legislación › Real Decreto 3775/1982, de 22 de diciembre, por el que se determina la estructura y régimen de personal de los Gabinetes de los Ministros y Secretarios de Estado.
Artículo 3.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de diciembre de 1982 y la del 28 de enero de 1994.
Tachado: lo que se quitó (1 palabras). Subrayado: lo que se añadió (9 palabras).
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Artículo 3.
Los Directores de los Gabinetes de los Secretarios de Estado tendrán la categoría de Subdirector general y serán nombrados y separados por el acuerdo de Consejo de Ministros, a iniciativa del Secretario de Estado y a propuesta del Ministro respectivo.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 28 de enero de 1994 En vigor | BOE-A-1994-1959 | Leer | Qué cambió |
| 24 de diciembre de 1982 | Texto original | Leer |


