Legislación › Resolución de 24 de febrero de 1982 por la que se ordena la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del nuevo Reglamento del Congreso de los Diputados.
Artículo 1.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 24 de febrero de 1982 y la del 31 de julio de 2025.
Tachado: lo que se quitó (6 palabras). Subrayado: lo que se añadió (2 palabras).
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Artículo 1.
Celebradas elecciones generales al Congreso de los Diputados, Congreso, éste se reunirá, de acuerdo con lo preceptuado en el artículo 68, 6, 68.6 de la Constitución, en sesión constitutiva el día y hora señalados en el Real Decreto de convocatoria.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 31 de julio de 2025 En vigor | BOE-A-2025-15844 | Leer | Qué cambió |
| 24 de febrero de 1982 | Texto original | Leer |


