Legislación › Ley Orgánica 8/1981, de 30 de diciembre, de Estatuto de Autonomía para Cantabria.
Artículo 34.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 31 de enero de 1982 y la del 20 de enero de 1999.
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Artículo 34.
Uno. En el ejercicio de sus competencias, la Diputación Regional de Cantabria gozará de las potestades y privilegios propios de la Administración del Estado, entre los que se comprenden: La
a)presunción de legitimidad y la ejecutoriedad Comunidad Autónoma de sus actos, así Cantabria, como las potestades ente de ejecución forzosa Derecho público, tiene personalidad jurídica. Su responsabilidad, y revisión de oficio de aquellos. la
b) La potestad de expropiación en las materias de su competencia, incluidaurgente ocupación de los bienes afectados sus autoridades y el ejercicio de las restantes competencias que la legislación expropiatoria atribuye a la Administración del Estado. personal funcionario, procederá y
c) Las potestades de investigación, deslinderecuperación se exigirá en materia de bienes. los
d) La potestad de sanción, dentro delímites que establezca el ordenamiento jurídico mismos términos y
e) La facultad de utilización del procedimiento de apremio.
f) La inembargabilidad de sus bienes y derechos, así como los privilegios de prelaciónpreferencia reconocidos a 1a Hacienda Pública para el cobro de sus créditos, sin perjuicio de los casos que correspondan en esta materia a establezca la Hacienda legislación del Estado y en igualdad de derechos con las demás Comunidades Autónomas. la
g) La exención deobligación de prestar toda clase de garantías o cauciones ante los organismos administrativos y ante los Jueces y Tribunales de cualquier jurisdicción. materia.
Dos. No se admitirán interdictos contra las actuaciones de la Diputación Regional en materia de su competencia y de acuerdo con el procedimiento legalmente establecido.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 20 de enero de 1999 En vigor | BOE-A-1998-30152 | Leer | Qué cambió |
| 31 de enero de 1982 | Texto original | Leer |


