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Legislación › Real Decreto 577/1982, de 17 de marzo, por el que se regulan la estructura y competencias del Instituto Nacional de Seguridad e Higiene en el Trabajo.

Artículo cuarto.

Artículo cuarto.

El Director del Instituto, con rango de Subdirector general, será nombrado y separado libremente de su cargo por Orden del Ministerio de Trabajo y Seguridad Social, a propuesta del Director general de Trabajo, entre funcionarios de la Administración Pública.

Le corresponde la representación del Instituto y la dirección de su actividad para el cumplimiento de sus fines, la relación con el Consejo General, así como ordenar los gastos y disponer los pagos.

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