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Legislación › Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Artículo doce

Comparación entre la redacción en vigor desde el 30 de marzo de 1988 y la del 25 de abril de 1995. Tachado: lo que se quitó (10 palabras). Subrayado: lo que se añadió (25 palabras). Volver al texto en vigor

Artículo doce
1. Son Órganos órganos del Ministerio Fiscal:
– - El Fiscal General del Estado.
– - El Consejo Fiscal.
– - La Junta de Fiscales de Sala.
– - La Fiscalía del Tribunal Supremo.
– - La Fiscalía ante el Tribunal Constitucional.
– - La Fiscalía de la Audiencia Nacional.
– - La Fiscalía Especial para la Prevención y Represión del Tráfico Ilegal de Drogas.
– - La Fiscalía Especial para la Represión de los Delitos Económicos relacionados con la Corrupción.
-
Las Fiscalías de los Tribunales Superiores de Justicia.
– - Las Fiscalías de las Audiencias Provinciales.
2. La Fiscalía del Tribunal de Cuentas se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica de dicho Tribunal.

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
3 de abril de 2025 En vigor BOE-A-2025-76 Leer Qué cambió
16 de junio de 2021 BOE-A-2021-8806 Leer Qué cambió
11 de octubre de 2007 BOE-A-2007-17769 Leer Qué cambió
25 de abril de 1995 BOE-A-1995-10066 Leer Qué cambió
30 de marzo de 1988 BOE-A-1988-8175 Leer Qué cambió
2 de febrero de 1982 Texto original Leer

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