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Legislación › Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

Disposición transitoria quinta.

Comparación entre la redacción en vigor desde el 2 de febrero de 1982 y la del 11 de octubre de 2007. Tachado: lo que se quitó (81 palabras). Subrayado: lo que se añadió (3 palabras). Volver al texto en vigor

Quinta.
Las oposiciones a la Carrera Fiscal que hubiere convocadas a la entrada en vigor de esta ley, se concluirán con arreglo a la normativa vigente en la fecha de su convocatoria, y quienes obtengan plaza en ellas serán colocados escalafonadamente a continuación de los actuales Abogados Fiscales, figurando en primer lugar los opositores procedentes del turno restringido y después los del libre y antes de los antiguos Fiscales de Distrito a que hace referencia la disposición
Disposición transitoria segunda de esta ley. quinta.
(Derogada)

Redacciones de este artículo

En vigor desdeLa introdujo
11 de octubre de 2007 En vigor BOE-A-2007-17769 Leer Qué cambió
2 de febrero de 1982 Texto original Leer

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