Legislación › Real Decreto 740/1983, de 30 de marzo, por el que se regula la licencia de armas correspondiente a los miembros de la Policía de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales.
Artículo 4.
Artículo 4.
Al personal mencionado en el artículo 1.º, se le abrirán expedientes individuales de armas, por las autoridades de que dependan, en los que constarán todos los datos referentes a las armas y municiones que posean.


