Legislación › Reglamento de Organización y Funcionamiento del Defensor del Pueblo, aprobado por las Mesas del Congreso y del Senado, a propuesta del Defensor del Pueblo, en su reunión conjunta de 6 de abril de 1983.
Artículo 35.
Comparación entre la redacción en vigor desde el 19 de abril de 1983 y la del 2 de marzo de 2012.
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Artículo 35.
1. El presupuesto régimen de la Institución prestación de servicios será el de dedicación exclusiva para todo el personal.
2. La condición de asesor del Defensor del Pueblo se integrará en la sección presupuestaria del presupuesto será, además, incompatible con todo mandato representativo, con todo cargo político o el ejercicio de las Cortes Generales como funciones directivas en un partido político, sindicato, asociación o fundación y con el empleo al servicio más de los mismos; así como con el ejercicio de cualquier otra actividad profesional, liberal, mercantil o laboral. No obstante, previo el correspondiente reconocimiento de compatibilidad concedido de acuerdo con lo previsto en el Estatuto del mismo. Personal de
2. El régimencontabilidad e intervención la Institución, los asesores del Defensor del Pueblo podrán ser contratados para desarrollar funciones docentes o de investigación en Universidades o en otras instituciones académicas que posean naturaleza y fines análogos. En todo caso, tales actividades se aplicará desempeñarán en régimen de dedicación a tiempo parcial y sin que puedan menoscabar la prestación del servicio en el Defensor del Pueblo será Pueblo. Quienes deseen obtener el reconocimiento de las Cortes Generales. la compatibilidad deberán presentar una solicitud, a la que acompañarán todos los datos necesarios para que pueda efectuarse el pronunciamiento. El
3.Interventor de las Cortes Generales ejercerá Defensor del Pueblo, oída la función crítica y fiscalizadora Junta de conformidad con la normativa aplicable a las Cortes Generales. Coordinación y Régimen Interior, previo informe del Secretario general, resolverá lo que proceda.
Redacciones de este artículo
| En vigor desde | La introdujo | ||
|---|---|---|---|
| 2 de marzo de 2012 En vigor | BOE-A-2012-2881 | Leer | Qué cambió |
| 19 de abril de 1983 | Texto original | Leer |


